Calderón Duque https://calderonduque.com Consultoría y Representación Jurídica Mon, 24 Oct 2022 02:37:30 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.6.1 https://i0.wp.com/calderonduque.com/wp-content/uploads/2019/07/cropped-iconabog4x4-1-e1624514380536.png?fit=32%2C32&ssl=1 Calderón Duque https://calderonduque.com 32 32 214540123 Directorio Correos Electrónicos Rama Judicial https://calderonduque.com/directorio-correos-electronicos-rama-judicial/ Tue, 26 Apr 2022 11:12:38 +0000 https://calderonduque.com/?p=2643
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Solicitud de Arriendo https://calderonduque.com/solicitud-de-arriendo/ Thu, 18 Nov 2021 23:43:39 +0000 https://calderonduque.com/?p=2623 Requisitos. Estos son los requisitos exigidos para presentar la solicitud de arriendo. Un deudor solidario con propiedad raíz, cuyo bien inmueble no esté afectado ni hipotecado. Certificado de tradición y libertad actualizado El deudor solidario debe presentar copia de la cédula de ciudadanía. Carta laboral que especifique el salario devengado (en caso de ser trabajador independiente, presentar extracto bancario de […]

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Requisitos.

Estos son los requisitos exigidos para presentar la solicitud de arriendo. Un deudor solidario con propiedad raíz, cuyo bien inmueble no esté afectado ni hipotecado. Certificado de tradición y libertad actualizado El deudor solidario debe presentar copia de la cédula de ciudadanía. Carta laboral que especifique el salario devengado (en caso de ser trabajador independiente, presentar extracto bancario de los tres últimos meses que demuestre sus ingresos). El arrendatario y coarrendatario: Deben presentar copias de sus cédulas de ciudadanía, respectivamente. Carta laboral en la cual especifique el salario devengado (en caso de ser trabajador independiente, presentar extracto bancario de los tres últimos meses que demuestre sus ingresos). Estos documentos puede cargarlos y enviarlos desde el siguiente formulario de solicitud:

[contact-form-7]

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Honra y Buen Nombre, Por Publicaciones en Internet https://calderonduque.com/honra-y-buen-nombre-por-publicaciones-en-internet/ Wed, 10 Mar 2021 02:15:01 +0000 https://calderonduque.com/2021/?p=2300 Con el advenimiento de las redes sociales y la cantidad de información que allí se publica, sin filtros previos de moderación o control y, teniendo en cuenta el derecho a la libertad de expresión, ¿Procede la acción de tutela para la protección de los derechos a la honra y al buen nombre por publicaciones hechas en redes sociales y sitios […]

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Con el advenimiento de las redes sociales y la cantidad de información que allí se publica, sin filtros previos de moderación o control y, teniendo en cuenta el derecho a la libertad de expresión, ¿Procede la acción de tutela para la protección de los derechos a la honra y al buen nombre por publicaciones hechas en redes sociales y sitios web?

JUSTIFICACIÓN A LA ANTERIOR PREGUNTA

La actual Constitución Política colombiana en sus artículos 15, 20 y 21, hace referencia taxativa al buen nombre, la libertad de expresión y la honra, respectivamente. Pero se ha vuelto cotidiano encontrar en redes sociales publicaciones injuriosas o calumniosas (al parecer), que atentan contra la imagen y buen nombre de las personas, aunque, hay que reconocer también, que se publican contenidos bien investigados y sustentados.

Los canales de noticias, periódicos, revistas electrónicas, personajes públicos y personas del común, entre otros, en algún momento habrán incurrido en alguna falta contra la honra y el buen nombre, aduciendo que por precepto constitucional tienen derecho a la libertad de expresión, invocando la frase “No habrá censura” del inciso segundo del artículo 20, de la Carta Política colombiana, con el ánimo de desvirtuar o desestimar las acusaciones de quienes se han considerado víctimas de estas publicaciones que menoscaban su imagen y su honra, siendo entonces, un reto importante para la justicia, el cómo garantizar los derechos fundamentales al buen nombre, la libertad de expresión y la honra.

En virtud de lo anterior, es muy recurrente acudir a la acción de tutela, para buscar que estos derechos no se vulneren, pero ante el debate entre accionantes y accionados, es menester que también intervenga la Corte Constitucional, teniendo en cuenta que para estos efectos es el órgano de cierre y, por consiguiente, deba revisar eventualmente las sentencias de tutela materia de debate en las instancias procesales constitucionales de nuestro ordenamiento jurisdiccional.

A raíz de las diversas posturas y pensamientos disímiles o no, en defensa de estos derechos fundamentales, se hace necesario, filtrar sistemática y consuetudinariamente las resoluciones emitidas por la Honorable Corte Constitucional y de esta forma presentar una trazabilidad jerarquizada y estructurada de forma tal, que a través de esta línea jurisprudencial se concreten aspectos no detallados en nuestras leyes o que, por el ritmo cambiante de la sociedad y el entorno sea necesario este análisis.

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Regreso a sedes judiciales https://calderonduque.com/regreso-a-sedes-judiciales/ https://calderonduque.com/regreso-a-sedes-judiciales/#respond Fri, 29 May 2020 01:35:49 +0000 https://www.calderonduque.com/?p=2051 El Consejo Superior de la Judicatura, ha dispuesto el siguiente protocolo para tener en cuenta y aplicar medidas de seguridad, tras el retorno de actividades en sedes judiciales. Es importante mantenernos informados y actualizados con respecto a cada recomendación que se sugiera para proteger nuestra salud y la salud de todos.

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El Consejo Superior de la Judicatura, ha dispuesto el siguiente protocolo para tener en cuenta y aplicar medidas de seguridad, tras el retorno de actividades en sedes judiciales. Es importante mantenernos informados y actualizados con respecto a cada recomendación que se sugiera para proteger nuestra salud y la salud de todos.

A continuación encontrará una previsualización del archivo. Seguidamente, el botón de descarga del archivo con las recomendaciones y procedimientos a seguir.

[pdf-embedder url=”https://calderonduque.com/2021/wp-content/uploads/2020/05/PROTOCOLO-PARA-REGRESO-A-SEDES-JUDICIALES.pdf” title=”PROTOCOLO PARA REGRESO A SEDES JUDICIALES”]

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https://calderonduque.com/regreso-a-sedes-judiciales/feed/ 0 2225
Compendio Jurisprudencial Código General del Proceso https://calderonduque.com/compendio-jurisprudencial-codigo-general-del-proceso/ https://calderonduque.com/compendio-jurisprudencial-codigo-general-del-proceso/#respond Fri, 29 May 2020 00:59:04 +0000 https://www.calderonduque.com/?p=2043 La Sala de Casación Civil de La Corte Suprema de Justicia, en cabeza de la Doctora Nubia Cristina Salas Salas (Relatora). Dispuso el presente compendio jurisprudencial, teniendo en cuenta que, la contingencia global ocasionada por el COVID-19, obligó a que se realizaran cambios transitorios importantes a través de Acuerdos para enfrentar la pandemia. En esta publicación encontrarán con gran detalle […]

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La Sala de Casación Civil de La Corte Suprema de Justicia, en cabeza de la Doctora Nubia Cristina Salas Salas (Relatora). Dispuso el presente compendio jurisprudencial, teniendo en cuenta que, la contingencia global ocasionada por el COVID-19, obligó a que se realizaran cambios transitorios importantes a través de Acuerdos para enfrentar la pandemia. En esta publicación encontrarán con gran detalle cada modificación con sus respectivos enlaces a cada Acuerdo, además, otras disposiciones y jurisprudencia de las altas cortes colombianas.

En el siguiente bloque, puedes hacer clic y descargar el compendio.

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https://calderonduque.com/compendio-jurisprudencial-codigo-general-del-proceso/feed/ 0 2043
Un Camino Para Tomás – Martín Agudelo & Punto 8 Audiovisual. https://calderonduque.com/un-camino-para-tomas-martin-agudelo-punto-8-audiovisual/ https://calderonduque.com/un-camino-para-tomas-martin-agudelo-punto-8-audiovisual/#respond Sun, 23 Feb 2020 05:25:01 +0000 https://www.calderonduque.com/?p=1892 Los invito a ver el trailer de esta película, recuerden suscribirse, darle “Me gusta” y compartirla entre sus contactos. Canal Youtube: MARTÍN AGUDELO RAMÍREZ Película de Martín Agudelo Ramírez.Cast.: Sergio Dávila Llinás, Sebastián Gómez Rondón, Paula Andrea Bedoya, Carolina Ramírez, José Luis Naranjo, Verónica Lopera, John Gutiérrez, Dave Zuluaga.Producida por Punto 8 Audiovisual.Codirigida por Andrés Ricaurte y Martín Agudelo RamírezDirección […]

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Imagen tomada del trailer de la película “Un Camino Para Tomás”, los derechos de autor de las imágenes y el vídeo no corresponden a www.calderonduque.com, este sitio solo pretende divulgar o promocionar la obra.

Tomás, lleno de perturbaciones, miedos y debilidades; en un mundo sin salida en el que no sabe si seguir viviendo o simplemente morir, un hombre que intenta encontrar la salida a sus problemas creyendo que la muerte es la solución, pero irónicamente la muerte es también su temor más arraigado. Esta es una historia que nos hace reflexionar acerca de esos momentos de caos en el que muchas veces nos encontramos y no hallamos la salida. Martín Agudelo, el creador de esta sensacional obra, nos transporta a un mundo de sensaciones e intrigas de comienzo a fin.

Los invito a ver el trailer de esta película, recuerden suscribirse, darle “Me gusta” y compartirla entre sus contactos.

Canal Youtube: MARTÍN AGUDELO RAMÍREZ

Película de Martín Agudelo Ramírez.
Cast.: Sergio Dávila Llinás, Sebastián Gómez Rondón, Paula Andrea Bedoya, Carolina Ramírez, José Luis Naranjo, Verónica Lopera, John Gutiérrez, Dave Zuluaga.
Producida por Punto 8 Audiovisual.
Codirigida por Andrés Ricaurte y Martín Agudelo Ramírez
Dirección de Fotografía y Montaje: Mateo Londoño
Música de La Banda del Bisonte.

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https://calderonduque.com/un-camino-para-tomas-martin-agudelo-punto-8-audiovisual/feed/ 0 1892
Costos que asumirá el empleador en 2020 https://calderonduque.com/costos-que-asumira-el-empleador-en-2020/ https://calderonduque.com/costos-que-asumira-el-empleador-en-2020/#respond Sat, 28 Dec 2019 05:34:53 +0000 https://www.calderonduque.com/?p=1866 CONCEPTO SUSTENTO JURÍDICO % COSTO Salario mínimo mensual Arts. 145 al 148 CST.   $877,803 Auxilio de transporte Ley 1 de 1963.   $102,854 Aportes a salud Art. 204 Ley 100 de 1993 8,5% $74,613 Aportes a pensión Ley 100 de 1993, Libro I. 12,0% $105,336 Aportes ARL Decreto 1295 de 1994 0,52% $4,565 Parafiscales Decreto 923 de 2017. 9,0% $79,002 Prima Arts. 306 al 308 CST. 8,33% $81,689 Auxilio de cesantías Arts. 249 al 258 CST. 8,33% $81,689 Intereses a cesantías Ley 52 de 1975. 12,0% $9,807 Vacaciones Arts. 186 al 192 CST. 4,17% $36,604 Dotación Art. 230 CST. 5,0% $43,890   TOTAL   $1’497,852

Téngase en cuenta además, que el salario INTEGRAL para el año 2020 quedará en $11’411,439, es decir, 10 salarios mínimos mensuales, más un 30% de carga prestacional.

Otros conceptos importantes a tener en cuenta son los siguientes:

CONCEPTO HORARIO Y/O % VALOR
Salario día 8 horas $29,260.10
Hora ordinaria De 6:00 A.M. a 9:00 P.M. $3,657.51
Hora nocturna De 9:00 P.M. a 6:00 A.M. +35% extra $4,937.64
Hora extra diurna De 6:00 A.M. a 9:00 P.M. +25% extra. $4,571.89
Hora extra nocturna De 9:00 P.M. a 6:00 A.M. +75% extra. $6,400.65
Hora extra dominical / Festivo diurna De 6:00 A.M. a 9:00 P.M. +75% festivo. +25%extra. $7,315.03
Hora extra dominical / Festivo nocturna De 9:00 P.M. a 6:00 A.M. +75% festivo. +75%extra. $9,143.78
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Ley 2000 del 14 de noviembre de 2019 https://calderonduque.com/ley-2000-del-14-de-noviembre-de-2019/ https://calderonduque.com/ley-2000-del-14-de-noviembre-de-2019/#respond Fri, 15 Nov 2019 19:44:39 +0000 https://www.calderonduque.com/?p=1857 “POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA EL CÓDIGO NACIONAL DE POLICÍA Y CONVIVENCIA Y EL CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA EN MATERIA DE CONSUMO, PORTE Y DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS EN LUGARES CON PRESENCIA DE MENORES DE EDAD Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES” La presente ley tiene como objeto establecer parámetros de vigilancia del consumo y porte […]

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“POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA EL CÓDIGO NACIONAL DE POLICÍA Y CONVIVENCIA Y EL CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA EN MATERIA DE CONSUMO, PORTE Y DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS EN LUGARES CON PRESENCIA DE MENORES DE EDAD Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”

La presente ley tiene como objeto establecer parámetros de vigilancia del consumo y porte de sustancias psicoactivas en lugares habitualmente concurridos por menores de edad como entornos escolares y espacio público.

ARTÍCULO 5°. Esta Ley no debe ser interpretada como una habilitación para portar o tener sustancias psicoactivas ilícitas o prohibidas, en el espacio público; en consecuencia, las autoridades deberán proceder a su incautación y destrucción conforme a los procedimientos legales reglamentarios.

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Cociente Electoral (caso práctico). https://calderonduque.com/cociente-electoral-caso-practico/ https://calderonduque.com/cociente-electoral-caso-practico/#respond Wed, 25 Sep 2019 23:24:31 +0000 https://www.calderonduque.com/?p=1844 Para la elección de cuerpos colegiados como Juntas Directivas y/o Comisiones en sociedades mercantiles, sindicatos y asociaciones, comúnmente se presentan varias listas o planchas para conformarlos, por lo tanto, es menester acudir a la operación matemática del cociente electoral. Aclaración. Ya no se usa la expresión cuociente, sino cociente. m. Mat. Resultado que se obtiene al dividir una cantidad por […]

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Para la elección de cuerpos colegiados como Juntas Directivas y/o Comisiones en sociedades mercantiles, sindicatos y asociaciones, comúnmente se presentan varias listas o planchas para conformarlos, por lo tanto, es menester acudir a la operación matemática del cociente electoral.

Aclaración. Ya no se usa la expresión cuociente, sino cociente.

  1. m. Mat. Resultado que se obtiene al dividir una cantidad por otra, y que expresa cuántas veces está contenido el divisor en el dividendo.”
    Código de Comercio, artículo 197.

Caso de ejemplo.

Una sociedad con 850 accionistas, de los cuales cada uno posee una acción. Se deben elegir 5 miembros en la Junta Directiva, pero sólo votan 800 accionistas que representan 800 acciones.

Procedimiento.

800 (número votos) dividido 5 (número de cargos a proveer) 800 ÷ 5 = 160.0

(Cociente Electoral = 160.0)

Lista n. 1: 250 ÷ 160.0 = 1.56 (Cociente 1, Residuo .56) Tendrá 1 cargo

Lista n. 2: 270 ÷ 160.0 = 1.68 (Cociente 1, Residuo .68) Tendrá 1 cargo

Lista n. 3: 280 ÷ 160.0 = 1.75 (Cociente 1, Residuo .75) Tendrá 1 cargo

Quedan faltando dos (2) cargos, estos se elegirán de los residuos más altos respectivamente, en este caso: el 4to. cargo corresponde a la lista 3 y el 5to. cargo corresponde a la lista 2.

Por lo tanto, los cinco (5) cargos del órgano colegiado serán:

Lola y Tomás          (Lista o Plancha n. 3)

Inés y Rita              (Lista o Plancha # 2)

Isabela y Roberto  (Lista o Plancha # 1)

Simón y Mateo      (Lista o Plancha # 3)

Carlos y Gabriel     (Lista o Plancha # 2)

Finalmente, puede notarse que, no queda excluida ninguna lista para alguno de los cargos en la Junta Directiva o Cuerpo Colegiado, es decir, por lo menos un Principal y un Suplente de alguna de las listas ocupará un cargo.

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